Respecto al recurso de casación en el que el recurrente reclama que el Auto de
Respecto al recurso de casación en el que el recurrente reclama que el Auto de Vista impugnado invadió la competencia establecida en el art. 359 del CPP; puesto que, ingresó en una nueva valoración de las pruebas testificales, manifestando una supuesta lógica en la valoración de los hechos por el Juez de Sentencia, argumento que considera implica una revalorización de la prueba, lo que le está vedado; se advierte que invoca los Autos Supremos 104 de 20 de febrero de 2004 y 14/2013-RRC de 6 de febrero, que establecerían los límites competenciales de los Tribunales de alzada, haciendo hincapié en que estos se encuentran prohibidos de revalorizar la prueba o las cuestiones de hecho, explicando el recurrente, que el Auto de Vista impugnado resulta contrario a los precedentes, porque asumió una supuesta lógica en la valoración de los hechos por el Juzgador, argumentó que considera revalorización de la prueba; advirtiendo esta Sala en la fundamentación expuesta que el recurrente explicó la posible contradicción de la Resolución recurrida con relación a los precedentes invocados, en tal sentido, se tiene que cumplió con los requisitos previstos por los arts. 416 y 417 del CPP, por lo que deviene el recurso en admisible
- Por memorial presentado el 30 de julio de 2019, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Contra la referida Sentencia, el imputado Edson José Sanabria Vía, interpuso recurso de apelación restringida
- Por diligencia de 23 de julio de 2019 (fs
- Del memorial de casación, se extrae el siguiente motivo
- En este contexto, el art
- i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
- En el caso de autos se advierte que el recurrente fue notificado con el Auto
- Respecto al recurso de casación en el que el recurrente reclama que el Auto de
- En cuanto, a la mención de los Autos Supremos 131 de 31 de enero de
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
