b)La violación del art
b)La violación del art. 85 del Código Civil y art. 31 de la Ley de Gobiernos Autónomos Municipales además del art. 339.II de la Constitución Política del Estado dado que se está confirmando una sentencia que declara probada la demanda sobre el inmueble motivo de litis, vulnerando las normas respecto al carácter inalienable e inviolable de los bienes de dominio público es decir se está sobreponiendo el interés de particulares frente a los intereses de la colectividad
- Proceso: Nulidad de registro y otros
- CONSIDERANDO I
- CONSIDERANDO II
- Del análisis del Auto de Vista Nº S-192/2019 de 16 de mayo, cursante de fs
- 2. Del plazo de presentación del recurso de casación
- Emitida la resolución recurrida (auto de vista), conforme se tiene de la notificación a fs
- De igual forma, se colige que el recurrente al margen de identificar debidamente la
- 5.Del contenido del recurso de casación
- a)Que el auto de vista confirmó y aprobó disposiciones que no pueden ser resueltas
- b)La violación del art
- De esta manera, solicita la emisión de un Auto Supremo que anule o case el
- En consecuencia, se infiere que el recurso de casación resulta admisible, correspondiendo su análisis y
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- En atención a la carga procesal pendiente en esta sala, la causa aguarde turno para
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
