Regístrese, comuníquese y cúmplase.
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42.I núm. 1) de la Ley del Órgano Judicial, y en aplicación del art. 277.II del Código Procesal Civil, dispone la ADMISIÓN del recurso de casación de fs. 369 a 373, presentado por María Jenny Ballivián Menacho de Ramírez, impugnando el Auto de Vista SCCI-243/2019 de 01 de octubre, pronunciado por la Sala Civil y Comercial Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca.
La causa aguarde turno para ulterior sorteo según prelación.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
La causa aguarde turno para ulterior sorteo según prelación.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
- Partes: José Luis Roncal Moreira c/ María Jenny Ballivián Menacho de Ramírez
- Proceso: Acción reivindicatoria
- 1
- 1. De la resolución impugnada. Análisis de impugnabilidad
- 2. Del plazo y cómputo de la presentación del recurso de casación
- 3. De la legitimación procesal
- 4. Del contenido del recurso de casación
- Del recurso de casación, interpuesto por María Jenny Ballivián Menacho de Ramírez, se extractan los
- Así planteados los agravios por la recurrente, se concluye que, en la forma, cumplió con
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
