ANTECEDENTES DEL PROCESO
VISTOS: El recurso de casación que cursa de fs. 564 a 567, interpuesto por Marcelina Rocha Rodríguez, contra el Auto de Vista N° 036/2019 de 2 de octubre, cursante de fs. 535 a 536, pronunciado por la Sala Civil y Comercial Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz de la Sierra, en el proceso civil de mejor derecho propietario, desocupación, entrega de inmueble, además pago de daños y perjuicios, seguido a instancia de la recurrente contra Emilio Lujan Claros, la contestación cursante de fs. 571 a 572, la concesión a fs. 573 y todo lo inherente:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO:
1. Marcelina Rocha Rodríguez y Julia Rocha Rodríguez, interpusieron demanda de mejor derecho propietario, desocupación, entrega de inmueble, además pago de daños y perjuicios de fs. 19 a 22, en contra de Emilio Lujan Claros, quien una vez citado, opuso excepciones de prescripción adquisitiva, falta de acción y derecho e improponibilidad de la demanda, repelió la demanda y reconvino, trámite que concluyó con la Sentencia Nº 74/2019 de 16 de abril, cursante de fs. 503 a 508 vta., que declaró improbada la demanda como la contrademanda de usucapión y las excepciones.
2. Ante la insatisfacción de la parte demandante con dicho fallo, presentaron un recurso de apelación, emitiéndose el Auto de Vista Nº 036/2019 de 2 de octubre, cursante de fs. 535 a 536, que confirmó la Sentencia Nº 74/2079
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO:
1. Marcelina Rocha Rodríguez y Julia Rocha Rodríguez, interpusieron demanda de mejor derecho propietario, desocupación, entrega de inmueble, además pago de daños y perjuicios de fs. 19 a 22, en contra de Emilio Lujan Claros, quien una vez citado, opuso excepciones de prescripción adquisitiva, falta de acción y derecho e improponibilidad de la demanda, repelió la demanda y reconvino, trámite que concluyó con la Sentencia Nº 74/2019 de 16 de abril, cursante de fs. 503 a 508 vta., que declaró improbada la demanda como la contrademanda de usucapión y las excepciones.
2. Ante la insatisfacción de la parte demandante con dicho fallo, presentaron un recurso de apelación, emitiéndose el Auto de Vista Nº 036/2019 de 2 de octubre, cursante de fs. 535 a 536, que confirmó la Sentencia Nº 74/2079
- Expediente: SC-7-20-S
- Distrito: Santa Cruz de la Sierra
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- 3
- CONSIDERANDO II
- 2. Del plazo de presentación del recurso de casación
- 3. De la legitimación procesal
- 4.- Del contenido del recurso de casación
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
