POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con
En el escrito de casación saliente de fs. 564 a 567, la demandante Marcelina Rocha Rodríguez formula sus agravios en el fondo denunciando lo siguiente:
a) Que el Auto de Vista carece de una adecuada fundamentación, dado que el lote no le pertenecería al demandado, por lo que entiende infringido el 213 num. 3) y 4) del Código Procesal Civil.
b) Que los Vocales omitieron valorar la documentación producida, como ser, el título de propiedad, plano de ubicación, formulario de pago de impuestos, facturas de agua y luz, certificado alodial.
c) Que hubo una errónea valoración de la prueba, dado que, el registro del derecho propietario de la recurrente fue inscrito con prioridad a la contra parte.
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 277.II del Código Procesal Civil en relación al artículo 42.I num.1) de la Ley Nº 025 del Órgano Judicial, ADMITE el recurso de casación que cursa de fs. 564 a 567, interpuesto por Marcelina Rocha Rodríguez, contra el Auto de Vista N° 036/2019 de 2 de octubre, pronunciado por la Sala Civil y Comercial Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz
a) Que el Auto de Vista carece de una adecuada fundamentación, dado que el lote no le pertenecería al demandado, por lo que entiende infringido el 213 num. 3) y 4) del Código Procesal Civil.
b) Que los Vocales omitieron valorar la documentación producida, como ser, el título de propiedad, plano de ubicación, formulario de pago de impuestos, facturas de agua y luz, certificado alodial.
c) Que hubo una errónea valoración de la prueba, dado que, el registro del derecho propietario de la recurrente fue inscrito con prioridad a la contra parte.
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 277.II del Código Procesal Civil en relación al artículo 42.I num.1) de la Ley Nº 025 del Órgano Judicial, ADMITE el recurso de casación que cursa de fs. 564 a 567, interpuesto por Marcelina Rocha Rodríguez, contra el Auto de Vista N° 036/2019 de 2 de octubre, pronunciado por la Sala Civil y Comercial Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz
- Expediente: SC-7-20-S
- Distrito: Santa Cruz de la Sierra
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- 3
- CONSIDERANDO II
- 2. Del plazo de presentación del recurso de casación
- 3. De la legitimación procesal
- 4.- Del contenido del recurso de casación
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
