Conforme se tiene expuesto en el acápite II inc
Conforme se tiene expuesto en el acápite II inc. i) de la presente Resolución, el art. 417 del CPP establece que el plazo para la interposición del recurso de casación es de cinco días, mismo que acorde a lo previsto en el art. 130 del CPP, empieza a correr a partir del día siguiente de practicada la notificación, computándose solo los días hábiles
- Por memorial enviado mediante buzón judicial el 3 de agosto de 2020, y presentado ante
- Por Sentencia N° 17/2019 de 15 de octubre (fs
- Mediante diligencia de 28 de julio de 2020 (fs
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- III. IDENTIFICACIÓN Y ANÁLISIS DE ADMISIBILIDAD DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
- Conforme se tiene expuesto en el acápite II inc
- Por su parte, el Manual de Procedimientos del Buzón Judicial del Usuario Externo A), en
- Regístrese, hágase saber y devuélvase.
