Auto Supremo AS/0559/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0559/2020

Fecha: 05-Nov-2020

Adujo que la institución demandada, estando bajo la Ley N° 031 de Marco de

En base a ello, menciona que se está confundiendo el espíritu del artículo 6 del Estatuto del Funcionario Público, por el Tribunal de Alzada, en los autos de vista, que señala que: “el personal eventual, no está sujeto al ámbito de la Ley General del Trabajo, sino, al Estatuto de Funcionario Público, transcribe el artículo 6 de la Ley 2027 (…)”, contrario a lo transcrito y reclamado en la apelación, por tanto, señalar nuevamente que dicha norma, establece el tratamiento de las personas que prestan sus servicios al Estado, estipulado en el artículo 6 del Estatuto del Funcionario Público, no están sometidos a esta norma, ni a la Ley General del Trabajo, aquellas personas que, con carácter eventual o, para prestación de servicios específicos o especializados, se vinculen contractualmente, con una entidad pública, estando sus derechos y obligaciones, regulados en el respectivo contrato y ordenamiento legal aplicable y cuyos procedimientos y requisitos, condiciones y formas de contratación, se regulan por las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios.
De la misma manera, el Decreto Supremo N° 26115 de 16 de marzo de 2001 (Normas Básicas del Sistema de Administración de Personal), señala en el artículo 60, que los trabajadores eventuales y los que presten servicios específicos o especializados, no están sometidos a la ley del Estatuto del Funcionario Público, ni a esas normas básicas.
Adujo que la institución demandada, estando bajo la Ley N° 031 de Marco de Autonomías y Descentralización “Andrés Ibañez”, realiza sus contrataciones de personal eventual, de tal manera el tribunal de alzada, interpretó erróneamente, el art. 5.II del DS Nº 27375 de 17 de febrero de 2004, al señalar que los contratos que se suscriben, son para el desempeño de funciones administrativas, siendo en realidad que los recursos son para apoyo administrativo de los proyectos para el desarrollo del estado