POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la
POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución contenida en los arts. 184. 1 de la Constitución Política del Estado y 42. I. 1 de la Ley del Órgano Judicial, declara INFUNDADO el recurso de casación de fs. 310 a 311. Con costas
- El referido auto de vista, motivó a la parte demandada, a interponer el recurso de
- Arguyó que de la simple revisión de la sentencia de primera instancia, no fue analizada
- Concluyó solicitando que el Tribunal Supremo de Justicia, revoque el auto de vista recurrido
- I.2.2. Respuesta al recurso
- CONSIDERANDO II
- En el caso que se analiza, la parte demandada, cuestiona el auto de vista recurrido
- Que en ese marco legal, se concluye, que el auto de vista impugnado, se ajusta
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Magistrado Relator: Carlos Alberto Egüez Añez.
