2. Del plazo de presentación del recurso de casación.
Emitida la resolución recurrida (auto de vista), conforme se tiene de la diligencia de notificación a fs. 109, se observa que la parte demandante, ahora recurrente, fue notificada con dicha resolución el 28 de septiembre de 2020; y como el recurso de casación fue presentado el 05 de octubre del mismo año, tal como se observa del timbre electrónico a fs. 111, se infiere que dicho medio de impugnación fue presentado dentro del plazo previsto en el art. 396 del Código de las Familias y del Proceso Familiar, es decir dentro de los 10 días hábiles.
