POR TANTO
La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, en aplicación del arto 38.6 de la Ley del Órgano Judicial, dispone:
Dejar sin efecto el sorteo de la presente causa.
Por Secretaría de Sala Plena, procédase a un nuevo sorteo de la causa, sin espera de tumo.
Regístrese, notifíquese
