2.
2. Resolución de primera instancia que al ser recurrida en apelación por Braulio Poma Coronel, mediante memorial de fs. 394 a 396; la Sala Civil, Comercial, Familia, Niñez y Adolescencia Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, emitió el Auto de Vista Nº 219/2020 de 5 de noviembre, cursante de fs. 432 a 436, declarando INADMISIBLE el recurso de apelación.
