3. De la legitimación procesal
De acuerdo a la diligencia de notificación cursante a fs. 213 vta., se establece que la entidad recurrente, fue notificada con el Auto de Vista, el 27 de noviembre de 2019, y el recurso de casación fue presentado el 30 de diciembre de la misma gestión, tal cual se observa del cargo de recepción suscrito por la secretaria de sala a fs. 225, en el plazo establecido en el art. 273 del Código Procesal Civil, es decir; dentro los diez días hábiles. Teniendo en cuenta la vacación judicial.
3. De la legitimación procesal
3. De la legitimación procesal
- Expediente: LP-17-20-S
- Distrito: La Paz
- CONSIDERANDO I
- 3
- CONSIDERANDO II
- 2. Del plazo de presentación del recurso de casación
- 3. De la legitimación procesal
- 4. Del contenido del recurso de casación
- De la revisión del recurso de casación se observa que Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos mediante
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
