Auto Supremo AS/0108/2020-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0108/2020-RA

Fecha: 11-Feb-2020

De la revisión del recurso de casación se observa que Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos mediante

De la revisión del recurso de casación se observa que Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos mediante su representante legal Wilma Rosario Tancara Quispe, en lo trascendental de dicho medio de impugnación acusa:
Que los vocales incurrieron en aplicación indebida del art. 1507 del Código Civil, por cuanto, el contrato data de 1972; consiguientemente, la ley aplicable es el Código Civil Santa Cruz.
La infracción del Decreto Ley N° 16390 de 30 de abril de 1979, dado que dicha norma estableció la imprescriptibilidad de las obligaciones adeudadas al Estado.
Vulneración de los arts. 324 de la Constitución Política del Estado y 1502 del Código Civil, en el entendido de que no se pagó lo adeudado a Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos, por lo que no se pudo haber declarado la prescripción.
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 277.II del Código Procesal Civil en relación al artículo 42.I num.1) de la Ley Nº 025 del Órgano Judicial, ADMITE el recurso interpuesto por Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos mediante su representante legal Wilma Rosario Tancara Quispe contra el Auto de Vista Nº 481/2019 de 22 de noviembre, cursante de fs. 211 a 213 vta., pronunciado por la Sala Civil y Comercial Quinta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz