AS/0029/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/0029/2020

Fecha: 04-Mar-2020

POR TANTO

La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida en los arts. 38 numeral 2 de la Ley del Órgano Judicial (Ley 025 de 24 de junio del 2010) y 154 numeral 2) del Código Procedimiento Penal (Ley N° 1970), dispone la DETENCION PREVENTIVA CON FINES DE EXTRADICION del ciudadano ruso Kalte Artiom Valentinovich, con pasaporte N° 770-122; sexo masculino; nacido el 2 de julio de 1980; en la ciudad de Murmansk de la Federación de Rusia, casado con Nikitina Mariana Valerievna.

Para el cumplimiento del presente Auto Supremo, considerando que no existe certeza sobre el paradero del requerido de extradición, ofíciese al Presidente del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, a fin de que, comisione al Juez Cautelar de Instrucción de Turno en lo Penal de su jurisdicción, para que, en cocimiento de la presente resolución, expida mandamiento de detención contra Kalte Artiom Valentinovich, con expresa habilitación de días y horas inhábiles, que podrá ser ejecutado en el ámbito nacional con auxilio de la INTERPOL y la Policía Boliviana.

La autoridad judicial del lugar donde sea aprehendido el sujeto requerido de extradición, deberá informar en forma inmediata al Tribunal Supremo de Justicia, sobre la ejecución del mandamiento y cumplimiento de la citación, estando obligada a remitir inmediatamente los antecedentes y diligencias practicadas.

A los efectos de garantizar el debido proceso, se dispone notificar al detenido, con copia de la presente resolución y mandamiento a expedirse, otorgándosele el plazo de diez (10) días, más los de la distancia, para que asuma defensa.

A los fines de establecer la existencia de antecedentes a los que se refiere el art. 440 del Código de Procedimiento Penal, se dispone que todos los Tribunales Departamentales de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, certifiquen a través de sus Juzgados y Salas Penales, la existencia y estado de algún proceso penal en trámite contra el requerido de extradición.

Similar certificación deberá pedirse al Registro Judicial de Antecedentes Penales del Consejo de la Magistratura de Bolivia.

Comuníquese la presente resolución al Ministerio de Relaciones Exteriores, para que, por su intermedio se haga conocer a la Embajada de la Federación de Rusia en Bolivia.

Regístrese, notifíquese y cúmplase.