VISTOS:
VISTOS: Los recursos de casación cursantes de fs. 386 a 395 y 400 a 405, interpuestos por Raúl Pablo Rodríguez Salazar en representación legal de la Promotora Entidad Financiera de Vivienda, y por Lisberd Patiño Prado, respectivamente, impugnando el Auto de Vista Nº 189/2019 de 14 de octubre (fs. 376 a 382 vta.), pronunciado por la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dentro del proceso social por pago de beneficios sociales, seguido por Lisberd Patiño Prado contra la Promotora entidad Financiera de Vivienda, las respuestas de fs. 400 a 405 y 408 a 411 vta., el Auto de 12 de febrero de 2020 cursante de fs. 412 que concedió los recursos; los antecedentes del proceso, y
- SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y ADMINISTRATIVA
- SEGUNDA
- Auto Supremo Nº 105/2020-A
- Sucre, 13 de marzo de 2020
- Expediente: SC-CA.SAII-CBBA 105/2020
- Distrito: Cochabamba
- Magistrado Relator: Dr. Ricardo Torres Echalar
- VISTOS:
- CONSIDERANDO I:
- el examen de admisibilidad,
- CONSIDERANDO II:
- POR TANTO:
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
