VISTOS: El recurso de casación de fs
Distrito: La Paz.
VISTOS: El recurso de casación de fs. 1512 a 1518 vta., interpuesto por Jimena Silva Hurtado, impugnando el Auto de Vista Nº 685/2019 de 8 de noviembre, de fs. 1507 a 1509 vta., pronunciado por la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, en el proceso ordinario de anulabilidad de compraventa seguido por la recurrente contra Yolanda Silva Guzmán, la contestación cursante de fs. 1524 a 1526 vta., el Auto de concesión de 14 de febrero de 2020 a fs. 1528; todo lo inherente al proceso; y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
1. Jimena Silva Hurtado mediante memoriales cursantes de fs. 67 a 73 vta., 79 a 80 demandó anulabilidad de compraventa, acción dirigida contra Yolanda Silva Guzmán, quien una vez citada mediante sus representantes legales Rogelio y Silvia Silva Guzmán se apersonó a la demandada, contestó negativamente, interpuso excepciones por prescripción, reconvino, planteó reivindicación, acción negatoria, desocupación, entrega del bien inmueble más pago de daños y perjuicios mediante escritos cursantes de fs. 1084 a 1093 y 1095 a 1096 vta., desarrollado de esta manera el proceso hasta la emisión de la Sentencia Nº 179/2019 de 22 de agosto de 2019 cursante de fs. 1409 a 1416, donde el Juez Público Civil y Comercial Nº 17 de la ciudad de La Paz, declaró IMPROBADA la demanda interpuesta por Jimena Silva Hurtado y PROBADA en parte la reconvencional
VISTOS: El recurso de casación de fs. 1512 a 1518 vta., interpuesto por Jimena Silva Hurtado, impugnando el Auto de Vista Nº 685/2019 de 8 de noviembre, de fs. 1507 a 1509 vta., pronunciado por la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, en el proceso ordinario de anulabilidad de compraventa seguido por la recurrente contra Yolanda Silva Guzmán, la contestación cursante de fs. 1524 a 1526 vta., el Auto de concesión de 14 de febrero de 2020 a fs. 1528; todo lo inherente al proceso; y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
1. Jimena Silva Hurtado mediante memoriales cursantes de fs. 67 a 73 vta., 79 a 80 demandó anulabilidad de compraventa, acción dirigida contra Yolanda Silva Guzmán, quien una vez citada mediante sus representantes legales Rogelio y Silvia Silva Guzmán se apersonó a la demandada, contestó negativamente, interpuso excepciones por prescripción, reconvino, planteó reivindicación, acción negatoria, desocupación, entrega del bien inmueble más pago de daños y perjuicios mediante escritos cursantes de fs. 1084 a 1093 y 1095 a 1096 vta., desarrollado de esta manera el proceso hasta la emisión de la Sentencia Nº 179/2019 de 22 de agosto de 2019 cursante de fs. 1409 a 1416, donde el Juez Público Civil y Comercial Nº 17 de la ciudad de La Paz, declaró IMPROBADA la demanda interpuesta por Jimena Silva Hurtado y PROBADA en parte la reconvencional
- Auto Supremo: 178/2020-RA
- Partes: Jimena Silva Hurtado c/ Yolanda Silva Guzmán
- Proceso: Anulabilidad de compraventa
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- 2
- II.1. De la resolución impugnada. Análisis de impugnabilidad
- II.2. Del plazo y cómputo de la presentación del recurso de casación
- II.3. De la legitimación procesal
- II.4. Del contenido del recurso de casación
- Del recurso de casación, interpuesto por Jimena Silva Hurtado, se extractan los siguientes reclamos
- Acusó vulneración al art
- Inculpó al Auto de Vista como inmotivado y vulneratorio de la verdad material y
- Petitorio
- Concluyó solicitando se disponga la nulidad del Auto de Vista con el fin de que
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
