Del recurso de casación, interpuesto por Marina Chambi Vda
Del recurso de casación, interpuesto por Marina Chambi Vda. de Mendoza, se extractan los siguientes reclamos:
Acusó que la sentencia y por ende el auto de vista confirmatorio, interpretó y aplicó erróneamente la ley, porque no consideraron ni revisaron que, el folio real recién se obtuvo el 21 de julio de 2015, además que en el proceso no se produjo inspección judicial para verificar el lote del terreno, se señaló erróneamente que la demandada ingresó como cuidadora de dicho lote, en tanto no se valoró ni motivó nada en relación a que la vendedora del terreno de la litis Luz Ivone Gorostiaga Flores era esposa del demandante y que el bien inmueble por ende es ganancial, tal como prescriben los arts. 1296.I, 1461.I y 1462.I del Código Civil y los arts. 145 y siguientes del Código Procesal Civil, en ese sentido debió valorarse la posesión establecida en los arts. 138 y 149 del Código Civil, generándose un razonamiento de primera instancia ambiguo, parcializado, contradictorio e insuficiente, aspectos que no fueron apreciados por el tribunal de alzada en contradicción con los principios de probidad y responsabilidad.
Petitorio
Acusó que la sentencia y por ende el auto de vista confirmatorio, interpretó y aplicó erróneamente la ley, porque no consideraron ni revisaron que, el folio real recién se obtuvo el 21 de julio de 2015, además que en el proceso no se produjo inspección judicial para verificar el lote del terreno, se señaló erróneamente que la demandada ingresó como cuidadora de dicho lote, en tanto no se valoró ni motivó nada en relación a que la vendedora del terreno de la litis Luz Ivone Gorostiaga Flores era esposa del demandante y que el bien inmueble por ende es ganancial, tal como prescriben los arts. 1296.I, 1461.I y 1462.I del Código Civil y los arts. 145 y siguientes del Código Procesal Civil, en ese sentido debió valorarse la posesión establecida en los arts. 138 y 149 del Código Civil, generándose un razonamiento de primera instancia ambiguo, parcializado, contradictorio e insuficiente, aspectos que no fueron apreciados por el tribunal de alzada en contradicción con los principios de probidad y responsabilidad.
Petitorio
- Proceso: Acción reivindicatoria
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- 2
- 1. De la resolución impugnada
- 2. Del plazo de presentación del recurso de casación
- 3. De la legitimación procesal
- 4. Del contenido del recurso de casación
- Del recurso de casación, interpuesto por Marina Chambi Vda
- Concluyó solicitando casar del auto de vista recurrido, revocando la sentencia de primera instancia
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
