Solicitó casar el auto de vista impugnado, o declarar la nulidad de obrados hasta el
b) Reclamó que el inmueble de referencia, es el único patrimonio familiar, que no permite la enajenación, hipotecas y otras restricciones de carácter monetario, máximo si la Unidad de Administración Territorial del Gobierno Autónomo Municipal de El Alto La Paz, en su informe ha declarado que no es divisible técnicamente, por consiguiente tampoco puede ser objeto de transferencia a terceras personas; más aún cuando no se conoce sobre la existencia o no de algún gravamen y/o anotación preventiva que pese sobre el bien inmueble objeto de litis.
c) Acusó que no se ha demostrado la existencia y la ubicación exacta del bien inmueble pretendido de partición y división, puesto que, al margen de una simple inspección ocular, no existe un informe técnico realizado por un perito entendido en la materia, hechos que vician de nulidad la sentencia y el auto de vista impugnados.
Solicitó casar el auto de vista impugnado, o declarar la nulidad de obrados hasta el vicio más antiguo y en el fondo declarar improbada la demanda
c) Acusó que no se ha demostrado la existencia y la ubicación exacta del bien inmueble pretendido de partición y división, puesto que, al margen de una simple inspección ocular, no existe un informe técnico realizado por un perito entendido en la materia, hechos que vician de nulidad la sentencia y el auto de vista impugnados.
Solicitó casar el auto de vista impugnado, o declarar la nulidad de obrados hasta el vicio más antiguo y en el fondo declarar improbada la demanda
- Partes: Jacinta Lucy Pomacusi Zacarías c/Jaime Torrez Tito
- Proceso: Partición y división de bienes gananciales
- Distrito: La Paz
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- 3
- CONSIDERANDO II
- 1. De la resolución impugnada
- 2. Del plazo de presentación del recurso de casación
- Emitida la resolución recurrida (auto de vista), la parte demandada, ahora recurrente, fue notificado con
- 3. De la legitimación procesal
- De igual forma, se colige que el recurrente, al margen de identificar debidamente la resolución
- 4. Del contenido del recurso de casación
- Conforme lo expuesto en el recurso de casación interpuesto por Jaime Torrez Tito, se extraen
- Solicitó casar el auto de vista impugnado, o declarar la nulidad de obrados hasta el
- Por las consideraciones expuestas, se infiere que el recurso de casación resulta admisible, correspondiendo en
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
