Auto Supremo AS/0296/2020-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0296/2020-RA

Fecha: 15-Jul-2020

c) Denunció que el Auto de Vista no se pronunció sobre todas las pretensiones deducidas

El recurrente está legitimado para recurrir en casación considerando que es quien interpuso el recurso de apelación contra la sentencia, obteniendo decisión confirmatoria en alzada, lo que otorga legitimación procesal para recurrir conforme el art. 272 del Código Procesal Civil.
4. Del contenido del recurso de casación.
a) Acusó, en la forma, que se le negó tutela judicial efectiva sobre las pretensiones del municipio, despojando a la ciudadanía del uso irrestricto de un bien municipal, en consecuencia, la pérdida de espacio físico declarado área verde de acuerdo a la Ordenanza Municipal N° 264/2016, a lo que describió instrumentos de orden administrativo para fijar su postura.
b) Argumentó, citando los arts. 339 de la Constitución Política del estado, 31 y 34 de la Ley N° 482, 6 y 46 de la Ley N° 2372, 46 y 109 de la Ley N° 1333 y 85 del Código Civil, que al confirmar la sentencia que declaró probada la demanda sobre la demasía de 302 m2 de la superficie del bien inmueble, vulneró las normas y resquebrajó el carácter inalienable e inviolable de los bienes de dominio público, y sobrepuso el interés de particulares frente a los intereses de la colectividad.
c) Denunció que el Auto de Vista no se pronunció sobre todas las pretensiones deducidas en apelación, relativas a la cesión de transferencia de bienes de propiedad del Estado o correspondientes al dominio público municipal; conclusiones de los informes municipales adjuntos al expediente que no fueron considerados; del derecho propietario que sustenta la pretensión de Gobierno Autónomo Municipal de La Paz; y de la seguridad jurídica y el servicio público