POR TANTO:
POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución contenida en los arts. 184-1 de la Constitución Política del Estado y 42-1-1 de la Ley del Órgano Judicial, en aplicación al art. 277-1, determina la inadmisibilidad del recurso de casación de fs. 211 a 212; interpuesto por Emilio Ornar Hinojosa Villarroel, declarándolo IMPROCEDENTE; en consecuencia, se declara la ejecutoria del Auto de Vista N° 054/2020 de 20 de febrero, emitido por la Sala Especializada Contenciosa, Contenciosa Administrativa y Social del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, de fs. 204 a 209, sin costas, en todo el proceso en aplicación de los arts. 39 de la Ley N° 1178 y 52 del DS N° 23215.
Regístrese, notifíquese y devuélvase.
- TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIASALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERAAuto Supremo N° 431-1Sucre, 21 de julio de 2020
- Expediente:
- Demandante:
- Demandado:
- Proceso:
- Departamento:
- Magistrado Relator:
- VISTOS:
- CONSIDERACIONES LEGALES:
- ANALISIS DE ADMISIBILIDAD:
- 1.-
- 2.-
- 3.-
- De los requisitos para interponer el recurso de casación:
- Análisis del recurso en el caso concreto:
- POR TANTO:
