Al Otrosí 1.- Por adjuntada
POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, en aplicación de lo dispuesto por el art. 239 del Código Procesal Civil, se dispone: admitir el retiro de la demanda contenciosa administrativa de fs. 39 a 46 y se la tiene POR NO PRESENTADA, disponiéndose el archivo de obrados y el desglose de la documentación original adjunta, debiendo quedar en su lugar fotocopias simples.
Al Otrosí 1.- Por adjuntada
- VISTOS: La demanda contenciosa administrativa interpuesta por Carlos Gonzalo Suárez Virreira, en representación de la
- En consecuencia, toda vez que aún no fue citada la parte demandada con la demanda,
- Al Otrosí 1.- Por adjuntada
- Al Otrosí 2.- Por señalado
- Al Otrosí 3.- Se tiene dispuesto
- Regístrese, notifíquese y archívese.
