II.3. De la legitimación procesal
Conforme antecedentes, el Auto de Vista N° 09/2020 de 07 de febrero, cursante de fs. 247 a 250, fue notificado a la recurrente el 26 de febrero de 2020, conforme diligencia a fs. 251, que permitió la presentación del recurso de casación el 05 de marzo del mismo año, conforme timbre electrónico a fs. 262, por lo cual se establece que el recurso fue interpuesto dentro el plazo de diez días hábiles determinados en el art. 273 del Código Procesal Civil.
II.3. De la legitimación procesal
II.3. De la legitimación procesal
- Auto Supremo 376/2020-RA
- II.1. De la resolución impugnada. Análisis de impugnabilidad
- II.2. Del plazo y cómputo de la presentación del recurso de casación
- II.3. De la legitimación procesal
- De la revisión del recurso de casación de Eldy Quiroga Aguilera se extractan los siguientes
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
