Del análisis del motivo casacional planteado se verifica que el recurrente cumplió con las previsiones
Del análisis del motivo casacional planteado se verifica que el recurrente cumplió con las previsiones legales establecidas en los Arts. 416 y 417 CPP; en la circunstancia que citó el precedente contradictorio, explicó que la contradicción existente entre el Auto de Vista impugnado y el Auto Supremo citado, radica en la circunstancia que el Auto de Vista impugnado no se pronunció en el fondo, por un error en la transcripción en una parte del recurso del número de la sentencia y la fecha; así como se establece con claridad como aplicación que se pretende, que se dicte nuevo Auto de Vista en el que se ingrese a resolver todos y cada uno de los motivos interpuestos en el Recurso de Apelación Restringida, aplicándose los principios de verdad materia y Tutela Judicial Efectiva
