En relación al recurso de casación el recurrente hace referencia a la afectación de sus
En relación al recurso de casación el recurrente hace referencia a la afectación de sus derechos constitucionales, debido proceso, a la defensa conforme las previsiones contenidas en el Art. 115., de la CPE, advirtiendo que el Tribunal Séptimo de Sentencia al haber evidenciado el error en el registro de la notificación no dio lugar a la ejecutoria de la Sentencia Nº 017/2017 de 01 de junio, el Tribunal de Alzada al momento de emitir el Auto de Vista Nº 86/2019 de 31 de mayo ha omitido considerar estos aspectos incurriendo en una omisión del principio de favorabilidad desarrollado por la doctrina legal aplicable incurriendo en una omisión ante la actividad procesal defectuosa por defecto absoluto, pues restringe la posibilidad de impugnar la Resolución. Asimismo, hace referencia a lo dispuesto por el Art. 180. II. de la CPE por desconocer el principio de impugnación al no haberse considerado solo días hábiles en el cómputo para la presentación de la apelación restringida, afirmando que los Tribunales de apelación y casación tienen la labor de revisión minuciosa de los antecedentes del proceso, observando defectos absolutos estos deben ser corregidos, para lo cual invoca el AS Nº 272 de 04 de mayo 2009 y 434 de 04 de agosto del mismo año
- Por memorial presentado el 19 de febrero de 2020, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- El derecho de Impugnación encuentra su fundamento en el art
- En este contexto, el art
- i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, también asumido en el Auto Supremo 118/2015-RRC de 24 de febrero, no implica
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso de autos se advierte que los recurrentes fueron notificados con el Auto
- En relación al recurso de casación el recurrente hace referencia a la afectación de sus
- De lo descrito con anterioridad resulta evidente el incumplimiento de los requisitos de admisibilidad exigidos
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el Art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase.
