b)
b) Acusó que el Ad quem incurrió en error de hecho al obviar la existencia material del documento aclaratorio de 10 de agosto de 2007, cursante de fs. 41 a 42, y al repetir el texto de inobservancia el A quo lesionó el principio de la comunidad de la prueba, no averiguó la verdadera intensión de las partes a tiempo de suscribir el contrato a fs. 3 con relación al documento de fs. 41 a 42, ya que si decidiera resolver el mencionado contrato resultaría amplio deudor de su persona, siendo esa la trascendencia del documento de aclaración.
