I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
Por Sentencia 59/2019 del 26 de diciembre (fs. 260 a 267 vta.), el Tribunal Primero de Sentencia Penal del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, declaró a la acusada María Elena Infantes Valdez autora y culpable del delito de Avasallamiento previsto y sancionado en el art. 351 Bis del Código Penal (CP) condenándola a la pena de tres (3) años de Reclusión.
Contra la mencionada Sentencia la recurrente María Elena Infantes Valdez (fs. 289 a 291 vta.), interpuso recurso de apelación restringida; a cuyo efecto, la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, emitió el Auto de Vista 49/2020 de 4 de diciembre, declarando improcedente el recurso de apelación restringida y confirmando la Sentencia.
Por diligencia de 22 de abril de 2021 (fs. 314), la recurrente fue notificada con el referido Auto de Vista 49/2020, y el 28 del mismo mes y año, interpuso el recurso de casación objeto del presente análisis de admisibilidad.
