I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
Por Sentencia 4/2021 de 23 de febrero (fs. 41 a 46), el Juzgado de Sentencia Penal Nº 4 de la ciudad de Sucre, declaró a Ronaldo Gorena Montiel, culpable del delito de Tenencia y Porte o Portación Ilícita de Arma de Fuego previsto y sancionado por el art. 141 quinter del Código Penal (CP), y se condena al acusado a la pena de tres (3) años de reclusión a cumplir en el Penal de San Roque.
Contra la mencionada Sentencia el acusado Ronaldo Gorena Montiel interpuso recurso de apelación restringida (fs. 56 a 61 vta.); a cuyo efecto, la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, emitió el Auto de Vista 266/2021 de 27 de Julio y Auto complementario 277/2021 de 11 de agosto, declarando improcedentes las cuestiones apeladas y confirmando la Sentencia.
Por diligencia de 12 de agosto de 2021 (fs. 98), el recurrente fue notificado con el Auto de explicación, complementación y enmienda; y el 19 del mismo mes y año, interpuso el recurso de casación objeto del presente análisis de admisibilidad.
