Auto Supremo AS/0615/2021
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0615/2021

Fecha: 08-Nov-2021

Sobre el despido injustificado.

En materia laboral los derechos de los trabajadores, por su naturaleza y finalidad gozan de protección del Estado, por tanto, cuando el empleador invoca como causal de despido el inc. g) del art. 16 de la LGT e inc. g) del art. 9 de su DR-LGT, la basta jurisprudencia sentada por este Tribunal ha establecido que la parte demandada está obligada a demostrar fehacientemente lo manifestado durante el proceso a través de pruebas idóneas que demuestren la comisión de los ilícitos penales; porque de lo contrario se impone la presunción de inocencia y otros derechos fundamentales, previstos en los arts. 115-II y 116-I de la CPE, que dispone: “El Estado garantiza el derecho al debido proceso, a la defensa…” y “se garantiza la presunción de inocencia durante el proceso, en caso de duda sobre la norma aplicable, regirá la más favorable al imputado o procesado”.