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2. Resolución de primera instancia que, al haber sido recurrida en apelación por Clara Salguero Choque, representada por Oscar Salazar Serrano, mediante memorial cursante de fs. 236 a 238 vta.; originó que la Sala Civil y Comercial Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, emita el Auto de Vista Nº 267/2021 de 11 de octubre, corriente en fs. 259 a 262 vta., REVOCANDO parcialmente la Sentencia apelada, solo respecto al 50% declarándose probada la demanda de nulidad.
2. Del plazo de presentación del recurso de casación.
Emitida la resolución recurrida (Auto de Vista), conforme se tiene de la papeleta de notificación a fs. 263 y vta., los recurrentes fueron notificados en fecha 12 de octubre de 2021 y presentaron sus recursos de casación el 22 y 25 del mismo mes y año, respectivamente, tal cual se observa de los timbres electrónicos respectivos cursantes a fs. 268 y 264; de lo que se infiere que dichos medios impugnación fueron presentados en el plazo previsto en el art. 273 del Código Procesal Civil, es decir, dentro de los 10 días hábiles.
- TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
- S A L A C I V I L
- Auto Supremo: 1001/2021-RA
- Fecha:
- Expediente:
- Partes:
- Proceso:
- Distrito:
- VISTOS:
- CONSIDERANDO I:
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- 1
- 2
- 3
- CONSIDERANDO II:
- REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN
- 1. De la resolución impugnada.
- 3. De la legitimación procesal.
- 4. Del contenido del recurso de casación.
- Fragmento 20
- a)
- b)
- Fragmento 23
- POR TANTO:
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
