1.
1. Con base en la demanda cursante de fs. 9 a 11 vta., María Cuizara Llave de Soliz, representada por Remberto Wilson Castillo Calle y Hugo Serafín Soliz Cuizara, inició el proceso ordinario de acción negatoria, reivindicatoria más pago de daños y perjuicios , acción dirigida contra Luis Mamerto Moya Zarate, Elizabeth Lucia Viza Aguilar de Moya, quienes una vez citados, esta última mediante memorial de fs. 127 a 129, contestó negativamente a la demanda; Luis Mamerto Moya Zarate según Auto de 15 de enero de 2020, visible a fs. 148, fue declarado rebelde; desarrollándose de esta manera la causa hasta dictarse la Sentencia N° 013/2021 de 19 de julio, cursante de fs. 1004 a 1016, donde la Juez Público Civil y Comercial 10° de la ciudad de Oruro, declaró PROBADA la reivindicación, e IMPROBADAS las pretensiones de acción negatoria más pago de daños y perjuicios.
- TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
- S A L A C I V I L
- Auto Supremo:1007/2021-RA.
- Fecha:
- Expediente:
- Partes:
- Fragmento 7
- Proceso:
- Distrito:
- VISTOS:
- CONSIDERANDO I:
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- 1.
- 2.
- 3.
- CONSIDERANDO II:
- REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN
- 1. De la resolución impugnada.
- 2. Del plazo de presentación del recurso de casación.
- 3. De la legitimación procesal.
- 4. Del contenido del recurso de casación.
- a)
- b)
- POR TANTO:
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
