ANTECEDENTES DEL PROCESO
1. Con base en la demanda cursante de fs. 49 a 50 vta., de obrados, Florencio Olivera Rojas inició el proceso ordinario de reivindicación, desalojo y entrega de dos habitaciones en un bien inmueble, acción dirigida contra Crecencia Fernández Llanos y Cristino Apaza Apaza, quienes una vez citados; la primera contestó negativamente a la demanda y reconvino por devolución de dinero, el segundo fue declarado rebelde mediante Auto de 04 de abril de 2019 a fs. 177; desarrollándose de esta manera la causa hasta dictarse la Sentencia N° 190/20 de 12 de noviembre cursante de fs. 228 a 229 vta., donde la Juez Público Civil y Comercial 11° de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, declaró PROBADA en parte la demanda principal con relación a Crecencia Fernández Llanos e IMPROBADA respecto a Cristino Apaza Apaza.
2. Resolución de primera instancia que, al haber sido recurrida en apelación por Creencia Fernández Llanos, mediante memorial cursante de fs. 234 a 236, dio lugar a que la Sala Civil, Comercial, Familia, Niñez y Adolescencia, Violencia Intrafamiliar o Doméstica y Pública Quinta del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, emita el Auto de Vista N° 242/2021 de 28 de julio corriente en fs. 265 a 267 vta., de obrados, CONFIRMANDO la Sentencia apelada.
3. Fallo de segunda instancia recurrido en casación por Crecencia Fernández Llanos, según escrito cursante de fs. 270 a 272 vta.; recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.
- TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
- SALA CIVIL
- Auto Supremo:
- Fecha:
- Expediente:
- Partes:
- Proceso:
- Distrito:
- VISTOS:
- CONSIDERANDO I:
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- CONSIDERANDO II:
- REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN
- 1. De la resolución impugnada.
- 2. Del plazo de presentación del recurso de casación.
- 3. De la legitimación procesal.
- 4. Del contenido del recurso de casación.
- POR TANTO:
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
