1.
1. Mediante memorial de demanda cursante de fs. 130 a 133, subsanado a fs. 136 a 136 y vta., Esther Claudia Alvarado Ramos inició proceso ordinario de usucapión , contra los posibles herederos de Hipólito Angulo Cabrera, quienes una vez citados por edictos no se apersonaron al proceso, designándoles abogado defensor de oficio, quien contestó de manera negativa mediante escrito a fs. 185 y vta., por su parte, Milton Hilarión Alvarado Angulo se apersono al proceso en calidad de tercero interviniente, mediante memorial de fs. 182 a 183; desarrollándose de esta manera la causa hasta pronunciarse la Sentencia N° 149/2019 de 10 de septiembre, cursante de fs. 452 a 457 vta., en la que la Juez Público Civil y Comercial 6° de la ciudad de La Paz, declaró PROBADA la demanda de usucapión.
- TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
- S A L A C I V I L
- Auto Supremo: 1057/2021-RA
- Fecha:
- Expediente:
- Partes:
- Proceso:
- Distrito:
- VISTOS:
- CONSIDERANDO I:
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- 1.
- 2.
- 3.
- CONSIDERANDO II:
- REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN
- 1. De la resolución impugnada.
- 2. Del plazo de presentación del recurso de casación.
- 3. De la legitimación procesal.
- 4. Del contenido del recurso de casación.
- a)
- b)
- c)
- d)
- e) Errónea interpretación y aplicación del art. 138 del Código Civil, en cuanto a los caracteres de la posesión, que fue reclamado anticipadamente en el recurso de apelación.
- POR TANTO:
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
