POR TANTO
La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, en ejercicio de la atribución contenida en el artículo 184-1 de la CPE y el artículo 42-1-1 de la Ley del Órgano Judicial N° 025, en virtud de los fundamentos expuestos, declara INFUNDADO el recurso de casación en el fondo interpuesto por Yacimiento Petrolíferos Fiscales Bolivianos “YPFB” representado por Elizabeth Yolanda Pozo Humerez de fs. 413 a 417, contra el Auto de Vista Nº 287/2020 de 6 de octubre de fs. 400 a 402, emitido por la Sala Social, Administrativa, Contencioso y Contenciosa Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, sin costas, en todo el proceso en aplicación de los arts. 39 de la Ley Nº 1178 y 52 del DS Nº 23215,
Regístrese, notifíquese y devuélvase.
