POR TANTO:
POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución contenida en los arts. 184-1 de la Constitución Política del Estado y 42-I-1 de la Ley del Órgano Judicial, declara INFUNDADO el recurso de casación, de fs. 199 a 204, interpuesto por Edwin Navia Mamani, en representación de Radio Unión 92.2 FM, contra el Auto de Vista N° 088/2021 de 5 de marzo, de fs. 196 a 197, emitido por la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz; dentro del proceso de pago de beneficios sociales, seguido por Oscar Primitivo Mendoza Mejía contra la Radio Unión 92.2 FM; en consecuencia, se mantiene firme y subsistente el mismo.
Se regula el honorario profesional del abogado de la parte actora en Bs2.000.- (Dos Mil 00/100 Bolivianos), que mandará a pagar el Juez de primera instancia.
- Fragmento 1
- SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
- Auto Supremo Nº 707
- Sucre, 1 de diciembre de 2021
- Expediente:
- Demandantes:
- Demandado: Radio Unión 92.2 FM
- Proceso:
- Departamento:
- Magistrado Relator:
- VISTOS:
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO:
- Sentencia
- PROBADA
- Auto de Vista
- CONFIRMÓ
- II. RECURSOS DE CASACIÓN, CONTESTACION Y ADMISION:
- Recurso de casación:
- Petitorio:
- Contestación al recurso y admisión:
- Corrido en traslado el recurso de casación, el demandante no contestó al mismo.
- Admisión:
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO:
- POR TANTO:
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.-
