PROBADA en parte
El Juez Nº 3 del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, emitió la Sentencia Nº 165 de 12 de julio de 2018 de fs. 147 a 150, declarando PROBADA en parte la excepción de pago, IMPROBADA la excepción perentoria de prescripción y PROBADA EN PARTE la demanda de fs. 14 a 15, sin costas; disponiendo que la empresa demandada pague a favor de José Ramiro Carrasco la suma de Bs20.865.-(Veinte mil ochocientos sesenta y cinco 00/100 Bolivianos); por concepto de desahucio, indemnización, aguinaldo, sueldo devengado, 18 subsidios y multa del 30% establecida en el Decreto Supremo (DS) Nº 28699 de 1 de mayo de 2006.
- Fragmento 1
- SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
- Auto Supremo Nº 781
- Sucre, 1 de diciembre de 2021
- Expediente:
- Demandante:
- Demandado: Bolivian Foods SA
- Proceso:
- Departamento:
- Magistrado Relator:
- VISTOS:
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO:
- Sentencia.
- PROBADA en parte
- Auto de Vista.
- En conocimiento de la Sentencia, la Empresa Bolivian Foods S.A. representada por Patricia Jimena Urdininea Kirkwood, formuló recurso de apelación de fs. 153 a 158; que fue resuelto por el Auto de Vista N° 025/2021 de 12 de abril, emitido por Sala Social, Contenciosa y Contenciosa Administrativa y Tributaria Nº 2 del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, de fs. 174 a 178; que CONFIRMÓ la Sentencia Nº 165 de 12 de julio de 2018, con costas y costos.
- II. ARGUMENTOS DEL RECURSO DE CASACIÓN, CONSTESTACIÓN Y ADMISIÓN.
- Petitorio.
- Contestación.
- Admisión del recurso de casación.
- Conforme lo previsto en el art. 277 del Código Procesal Civil (CPC-2013), aplicable en la materia, de conformidad al art. 252 del CPT, este Tribunal, emitió el Auto de 27 de septiembre de 2021, a fs. 198, admitiendo el recurso interpuesto por la empresa recurrente.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO:
- 1.
- POR TANTO:
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
