a)
a) Que el Tribunal de alzada actuó ultra petita otorgando más de lo pedido, pues en ninguna parte del memorial de apelación promovido por Lucio Apaza Flores solicitó la anulación del 50% del total del bien inmueble motivo de litis, además que si se revisa la pretensión principal de la demandante es de la anulación total de la Escritura Pública N° 142/2012, por lo que se extraña el actuar en el Auto de Vista al anular solo la mitad de lo pretendido.
- TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
- S A L A C I V I L
- Auto Supremo: 1072/2021-RA
- Fecha:
- Expediente:
- Partes:
- Fragmento 7
- Proceso:
- Distrito:
- VISTOS:
- CONSIDERANDO I:
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- 1.
- 2.
- 3.
- CONSIDERANDO II:
- REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN
- 1. De la resolución impugnada.
- 2. Del plazo de presentación del recurso de casación.
- 3. De la legitimación procesal.
- 4. Del contenido del recurso de casación.
- a)
- b)
- POR TANTO:
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
