4. Del contenido del recurso de casación.
De la revisión del recurso de casación interpuesto por Eleuterio Eduardo Carpio Ramallo se observa que en lo trascendental de dicho medio de impugnación acusa:
a) Que, en el Auto de Vista emitido por el Tribunal de alzada se indicó que en la Sentencia se actuó y procedió conforme a derecho haciendo una correcta y adecuada valoración y compulsa de la prueba en su conjunto, sin embargo al reconocer derechos a favor del demandado Amilkar Ronald Chávez Argote se hizo una errónea interpretación y aplicación de los arts. 19.I y 57 de la Constitución Política del Estado, pues los Vocales no tomaron en cuenta cual es la posición de este señor.
b) En el Auto de Vista se vulneró los derechos que tiene el recurrente como propietario del inmueble, toda vez que se infringió lo establecido en el art. 56 de la Constitución Política del Estado y arts. 87.I, 88.III, 93 y 100 del Código Civil, y arts. 134 y 136.I del Código Procesal Civil.
Fundamentos por los cuales solicita la emisión de un Auto Supremo que case el Auto de Vista.
Por las consideraciones expuestas, se infiere que el recurso de casación resulta admisible, correspondiendo en consecuencia su análisis y resolución conforme a derecho.
- TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
- SALA CIVIL
- Auto Supremo:
- Fecha:
- Expediente:
- Partes:
- Proceso:
- Distrito:
- VISTOS:
- CONSIDERANDO I:
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- CONSIDERANDO II:
- REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN
- 1. De la resolución impugnada.
- 2. Del plazo de presentación del recurso de casación.
- 3. De la legitimación procesal.
- 4. Del contenido del recurso de casación.
- POR TANTO:
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
