POR TANTO
La Sala Contenciosa, Contencioso Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución conferida en el Art. 184.1 de la CPE y el Art. 42.I.1 de la LOJ, declara INFUNDADO el recurso de nulidad o casación de fs. 70 a 74, interpuesto por el Gobierno Autónomo Municipal de Oruro, representada por Víctor Yave Sánchez, en consecuencia mantiene firme y subsistente el Auto de Vista N° 306/2020 de 11 de septiembre, emitido por la Sala Especializada Contenciosa, Contenciosa Administrativa y Social Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro.
Sin costas, en aplicación del art. 39 de la Ley N° 1178.
Regístrese, notifíquese y devuélvase.
