Auto Supremo AS/0095/2021-RA.
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0095/2021-RA.

Fecha: 02-Feb-2021

1.

1. Como antecedente se debe hacer notar que se tramitó un proceso de cesación del uso del nombre, nulidad de personería jurídica y resarcimiento de daños y perjuicios seguido a instancias de la Banda Unión Pagador, causa a la cual se acumuló el proceso de  prohibición de uso de nombre ejercida de manera personal y de restricción y/o prohibición de uso de signo distintivo ejercida de manera institucional, seguido por la Banda Poderosa Unión Pagador Fundadores en contra de la Banda Unión Pagador.

Efectuada la acumulación dispuesta mediante Auto de 04 de noviembre de 2016, se procedió con la tramitación de ambas causas de manera conjunta habiéndose señalado audiencia preliminar para el 06 de noviembre de 2019, ante la inconcurrencia de la Banda Unión Pagador y no habiendo justificado su inasistencia se declaró por desistida su pretensión.

En ese contexto, la demanda incoada por la Asociación Civil de Músicos Profesionales “Banda Poderosa Unión Pagador Fundadores” representada por Demetrio Cleofé Choque Mamani y Justino Flores Mamani e mediante memorial de fs. 387 a 391 aclarada a fs. 425 y vta., tiene por objeto la prohibición de uso de nombre ejercida de manera personal y de restricción y/o prohibición de uso de signo distintivo ejercida de manera institucional y de manera paralela, acción dirigida contra la  Banda Unión Pagador, quien contestó por memorial de fs. 455 a 461; tramitada así la causa hasta, el Juez Público y Comercial N° 7 de Oruro emitió la Sentencia N° 2/2020 el 13 de enero de fs. 695 a 699 vta., declarando IMPROBADA la demanda.