c)
c)La aplicación de costas y costos de manera indiscriminada por que el hecho de presentar un memorial y haberse presentado a la demanda (conforme el art 119 de la Constitución Política del Estado) no puede ser considerado una oposición expresa más aún si el tribunal de apelación no especifica como hubiese sido el accionar para exista una oposición expresa.
