2. Del plazo de presentación del recurso de casación.
Emitida la resolución recurrida (Auto de Vista), se observa que el demandado ahora recurrente fue notificado el 11 de diciembre de 2020 a fs. 353 y presentó su recurso de casación el 15 de enero de 2021, conforme timbre electrónico que cursa a fs. 354; consecuentemente haciendo un cómputo se infiere que el recurso de casación objeto de la presente resolución, fue interpuesto dentro el plazo previsto en el art. 273 del Código Procesal Civil, es decir dentro de los diez días hábiles. (Para el cómputo del plazo se consideró la suspensión de plazos procesales por la vacación judicial del 14 al 31 de diciembre del 2020)
