Auto Supremo AS/0128/2021-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0128/2021-RA

Fecha: 19-Feb-2021

a)

a) Acusó aplicación indebida de la norma al caso concreto, pues el aviso que se acompañó en calidad de prueba para iniciar la demanda no se asimila ni es contrato administrativo, siendo que el art. 47 de la Ley Nº 1178 define como contratos administrativos aquellos que se refieren a contratación de obras, provisión de materiales, bienes, servicios y otros de similar naturaleza, no siendo el mismo asimilable al presente caso, porque la resolución de alzada ingresó en una antinomia jurídica que le causa agravios; expresó que el Auto de Vista impugnado no consideró los vacíos jurídicos invocados por el Auto interlocutorio y definió simplemente por confirmarlo sin efectuar un análisis dentro del marco de la coherencia, incurriendo en incongruencia y falta de fundamentación.