POR TANTO
La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución contenida en los arts. 184-1 de la Constitución Política del Estado y 38-16 de la Ley del Órgano Judicial y la disposición del 277-1 del Código Procesal Civil, ADMITE el recurso de casación en la forma y en el fondo, interpuesto por el Ministerio de Salud y Deportes del Estado Plurinacional de Bolivia, de fs. 259 a 270.
Por consiguiente, pase a Secretaría de la Sala para prosecución del trámite correspondiente y en espera de turno para sorteo.
No intervienen los Magistrados Ricardo Torres Echalar y Carlos Alberto Eguez Añez, al haber suscrito la Sentencia N° 335/2020 de 1 diciembre de 2020
Regístrese, comuníquese y cúmplase. -
