Auto Supremo AS/0212/2021-RA.
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0212/2021-RA.

Fecha: 08-Mar-2021

1.

1. Con base en la demanda cursante de fs. 19 a 20 vta., subsanado a fs. 24 y vta., y 35 de obrados Jorge Bernal Yucra y Carmen Zenaida Pacheco de Bernal iniciaron un proceso de usucapión decenal o extraordinaria, acción dirigida contra Nancy Zeballos Fuentes de Miranda, Angélica Zeballos Fuentes de Rodríguez y Manuel Marcial Zeballos Fuentes; María Cristina y Fausto Doroteo ambos Saavedra Zeballos como herederos de Isabel Zeballos Yucra; Fausto Zeballos Yucra, Nicolás Jaimes Moreno, Dalma Jaimes de Loayza, Betza y Edson Jaimes Bernal, Lourdes Jaimes de Loayza y Nelly María Bernal Yucra de López herederos de Vidal Zeballos Yucra y Lidia Carrasco Vda. de Zeballos; y demás interesados, quienes una vez citados, Carlos Fausto Zeballos Yucra contesto a la demanda en forma negativa mediante memorial cursante de fs. 75 a 76 vta., María Cristina y Fausto Doroteo ambos Saavedra Zeballos responden negativamente a la demanda de fs. 80 a 81 vta., Lidia Carrasco Vda. de Zeballos y terceros interesados fueron notificados mediante edictos, sin embargo, no comparecieron al proceso por lo que se les designó defensor de oficio, quien se apersonó al proceso y contestó a la demanda por escrito a fs. 103 y vta.; Nancy Zeballos Fuentes de Miranda, Angélica Zeballos Fuentes de Rodríguez y Manuel Marcial Zeballos Fuentes por memorial cursante de fs. 331 a 333 respondieron negativamente a la demanda y plantearon demanda reconvencional, y por último Marina Zeballos Fuentes de Llanos respondió negativamente mediante memorial cursante de fs. 334 a 335 vta., de obrados; desarrollándose de esta manera la causa hasta dictarse Sentencia N° 024/2018 de 23 de julio, cursante de fs. 737 a 747 vta., donde el Juez Público Civil y Comercial 3º de la ciudad de Potosí declaró PROBADA parcialmente la demanda de usucapión decenal o extraordinaria e IMROBADA la demanda reconvencional de reivindicación.