b)
b) Acusó que la Sentencia de primera instancia, convalidada por el Tribunal de alzada no reconoce la ganancialidad de la deuda contraída de Ramiro Montaño Bautista en un monto de $us. 57.000; además bienes de importaciones registrados a nombre de Leonardo García Córdova, prestamos de dinero de la Cooperativa Cristo Rey de montos de $us. 12.000 y $us. 10.000, de las herramientas y equipo de un taller mecánico, que merecieron la prueba de cargo, razón por la cual dejaron en indefensión a la recurrente, al negarle la división y partición de los bienes referidos, todos respaldados en el Código de las Familias y del Proceso Familiar vigente.
