REVOCÓ EN PARTE
En conocimiento de la Sentencia, CAPRESSO SRL, a través de su representante legal, Ronald Méndez Arze, formuló recurso de apelación de fs. 210 a 213; que fue resuelto por el Auto de Vista N° 074/2020 de 24 de junio, emitido por la Sala Primera Social y Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, de fs. 227 a 232; que REVOCÓ EN PARTE la Sentencia apelada y excluyó de la liquidación los gastos médicos y hospitalarios en la Clínica Los Olivos; en consecuencia, se dispuso pagar a la actora la suma de Bs18.987,52.- (Dieciocho mil novecientos ochenta y siete 52/100 Bolivianos), por concepto de indemnización por tiempo de servicios, desahucio, salario devengado, gastos médicos y hospitalarios en la Caja Nacional de Salud, más la correspondiente actualización y multa del 30% prevista en el art. 9 del DS Nº 28699 de 1 de mayo de 2006. Sin costas.
- Fragmento 1
- SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
- Auto Supremo Nº 318
- Sucre, 21 de mayo de 2021
- Expediente:
- Demandante:
- Demandado: CAPRESSO SRL
- Proceso:
- Departamento:
- Magistrado Relator:
- VISTOS:
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO:
- Sentencia.
- PROBADA EN PARTE
- Auto de Vista.
- REVOCÓ EN PARTE
- Tramite de los recursos.
- III. Análisis de admisibilidad.
