Auto Supremo AS/0373/2021-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0373/2021-RA

Fecha: 03-May-2021

b)

b)El Auto de Vista aplicó indebidamente y violó lo establecido en el art. 180 de la Constitución Política del Estado y art. 145 del Código Procesal Civil al no controlar que se aplique el principio procesal de la primacía de la verdad material, es decir, el Auto de Vista no realizó un análisis respecto a que en la sentencia deliberadamente no se valoró los elementos y pruebas existentes en el proceso, por lo cual, no se realizó una individualización de las pruebas producidas, señalando cuales le ayudaron a formar convicción y cuales fueron desestimadas y de qué manera o sistema se aplicó las reglas de la sana crítica o prudente criterio.