2.
2. Ante la insatisfacción del fallo de primera instancia, la demandada María Silvia Dávalos Serrano de Gonzales apeló mediante escrito de fs. 973 a 978, a cuyo efecto, la Sala Civil y Comercial Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca emitió el Auto de Vista SCCII N° 81/2021 de 24 de marzo, cursante de fs. 992 a 994, CONFIRMANDO la sentencia apelada.
