2. Del plazo de presentación del recurso de casación.
Emitida la resolución recurrida (auto de vista), conforme se tiene de la notificación a fs. 357, se observa que la parte demandada, ahora recurrente, fue notificada el 08 de diciembre de 2020, y como el recurso de casación fue presentado el 05 de enero de 2021, tal cual se observa en el timbre electrónico cursante a fs. 358, haciendo un cómputo se infiere que el recurso de casación objeto de la presente resolución, fue interpuesto dentro del plazo previsto en el art. 273 del Código Procesal Civil, es decir dentro de los 10 días hábiles, (para el computo del plazo se tomó en cuenta el receso judicial con cargo a vacación del 21 al 31 de diciembre de 2020).
