Auto Supremo AS/0434/2021-RA.
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0434/2021-RA.

Fecha: 18-May-2021

1.

1. Con base en la demanda cursante de fs. 36 a 41, aclarada  de fs. 44 a 46 y ampliada a fs. 594, Marina Salguero Huarachi de Lazarte y Julio Vito Salguero Huarachi iniciaron proceso ordinario de nulidad de escritura pública, reivindicación y otros; acción dirigida contra Antonieta Nancy Salguero Huarachi y otros, quienes una vez citados, Antonieta Nancy Salguero Huarachi por memorial de fs. 326 a 328 y 408 a 411, opuso excepción de cosa juzgada y contestó negativamente a la demanda, Erick Arturo y Milene Beatriz ambos Peñaloza Salguero y Arturo Ismael Peñaloza Barrera, según memorial de fs. 422 a 423 vta., y 630 contestaron negativamente a la demanda en calidad de hijos y esposo de Betty Eyda Salguero Huarachi, Raúl Marcelo Salgueiro por sí y en representación de Adriana Mónica Ledezma Salgueiro y Edmundo Rojas, mediante memorial a fs. 471 vta., se apersonó y contestó negativamente a la demanda, por tener la calidad de hijos de Norma Salguero Huarachi. Del mismo modo, Chintia Aleyda, Cintia Jhovanna y Cintia Claudia todas Salguero Blanco mediante escrito a fs. 547 se apersonaron al proceso en calidad de herederas de René Víctor Salguero Huarachi, e hicieron conocer que su hermano Víctor Hugo Salguero Blanco falleció motivo por el cual se le designó defensor de oficio. Finalmente, se les designó defensor de oficio a Edgar Olivera Rivero y Víctor Hugo Salguero, quienes tras ser citados no contestó a la demanda, desarrollándose de esta manera el proceso hasta la emisión del Auto Definitivo de 02 de febrero de 2021 de fs. 693 a 697 vta., en la que el Juez Público Civil y Comercial Nº 7 de Oruro declaró PROBADA la excepción previa de cosa juzgada.